Subvenciones tramitadas, subvenciones concedidas, huesecico al plato #ViaDiario Cap008 @ViaAsesores
Las buenas noticias siempre son bienvenidas y cuando llegan en forma de subvención para nuestros clientes, mejor que mejor, en este caso se trata de subvenciones para fomento de autoempleo de dos clientas, esta es una convocatoria permanentemente abierta por el Servicio Regional de Empleo y Formación de la Región de Murcia a la que puede accederse cada año en tanto en cuanto hay fondos asignados no consumidos, en determinadas
circunstancias personales y en el momento de establecerse por cuenta propia, por ser mujer o tener discapacidad, hombres menores de 30, mayores de 45 o desempleados de larga duración y algún supuesto más.
En Vía Asesores estamos muy atentos para tramitar los expedientes en el momento oportuno, igual que
prestamos especial atención a las subvenciones relacionadas con la economía social por creación de empleo e inversiones en cooperativas y sociedades laborales, por eso en estos momentos prestamos especial atención a la convocatoria de ayudas a la contratación indefinida, para formación y prácticas o conversión de contratos temporales en indefinidos, la cual será presentada en breve.
Si tienes intención de comenzar tu andadura por cuenta propia, no dudes y pregúntanos antes, además de darte el mejor asesoramiento personalizado en cuanto a la mejor manera para comenzar, te daremos información y te acompañaremos en el trámite de pago único del desempleo y/o de la subvención a la que fuera posible acceder, nuestra clientas estaban muy contentas hoy, en especial Josefa, que con su minusvalía ha conseguido una ayuda de 9.000 € que no le van a venir nada mal.
Director Foro Murcia Decyde
Graduado Social colegiado nº 1670
Miembro REGRAF
Miembro AECE nº 5305
Master Asesoría Fiscal ENAE






tos en plazo, contando con que el cliente nos facilite la documentación a tiempo (que esa es otra y procuramos concienciar de la importancia de entregar todo pronto), aunque el Ministro del ramo nos meta plazos previos para domiciliar, quitando 5 días del plazo que antes se disponía (que bien viven los que tributa en diputación foral con 6 días más de plazo y domiciliación para pago posterior).
obtener una respuesta o bien se trata de un rendimiento de trabajo, tal y como establece la ley de IRPF en su artículo 17.2 c) y únicamente se debe emitir una nota con retención a quien nos contrata o bien hay una actividad económica que obliga a cotizar en RETA, sea porque actuamos por cuenta propia y somos quienes organizamos la actividad y participamos en el resultado positivo o negativo, sea porque ejercemos una actividad económica y estos cursos o conferencias son un servicio más de nuestro negocio.
