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‘Y al principio de todo fue la forma jurídica’ de @Zaplanaf en revista Negocios @ENAEbusiness

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Texto íntegro del artículo publicado en la revista Negocios 19 de ENAE business school

‘Estimados lectores, es un placer para mi poder participar en esta revista Negocios y tratar de ofreceros alguna información que os pueda resultar de utilidad para vuestro presente o vuestro futuro profesional y disculpadme el tuteo, pero cuando me ofrecieron la posibilidad de hacer este artículo me indicaron que iba dirigido a un publico joven y emprendedor, así que eliminemos barreras formales, ofreciendo un texto asequible, basado en mi experiencia y en los conocimientos que en gran medida fueron adquiridos en el Máster en Asesoría Fiscal cursado en ENAE hace unos años.

Trataré de hablaros en confianza, con un lenguaje lo más cercano posible, sin que sea incorrecto por no ser muy académico, pero limitando los tecnicismos a lo imprescindible, bastante escrupulosos con la terminología debemos ser cuando nos dirigimos a la Agencia Tributaria, aquí buscaré que tengais información accesible y en la medida de lo posible de fácil comprensión.

En mi despacho profesional tengo que resolver dudas relativas a la forma jurídica más interesante para quien decide iniciar una actividad empresarial, hay clientes que vienen relativamente bien informados, otros carecen de unas mínimas nociones, algunos llegan con ideas equivocadas que es necesario reorientar por el bien de sus bolsillos, principalmente, a cada uno de ellos se le ofrece un trato personalizado, soluciones a medida.

La elección de la forma jurídica es el principio de todo lo que podemos llamar empresa, lo que hasta ese momento eran ideas y proyectos se convierte en realidad y por ello es de importancia capital, comienza el juego y va en serio, de ahí que debamos dedicar el tiempo suficiente a valorar implicaciones tributarias, de seguridad social, patrimoniales o incluso de nuestra imagen de marca, nos ayudaran a decidir de forma óptima. Sin embargo, tenemos que ser conscientes de que esa decisión no tiene porque ser para siempre, el devenir del propio negocio nos puede llevar a la tesitura de inactivar o disolver nuestra Sociedad Limitada para reducir costes y/o mejorar fiscalidad o bien al contrario, constituir una sociedad porque nuestra actividad lo requiera, nuevamente por fiscalidad o incluso por la necesidad de incorporar socios.

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Cada formato tiene sus características diferenciadas y ello puede constituir ventaja o inconveniente una vez aplicado a nuestro caso, trataré de dar luz al asunto con ejemplos:

Sin duda ser autónomo es lo más sencillo y económico para darnos de alta como empresarios, escoger epígrafe de IAE, tramitar alta gratuita sabiendo que el autónomo o empresario individual nunca paga Impuesto de Actividades Económicas y proceder al alta en RETA, escogiendo base de cotización, para la base mínima en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos partimos de una cotización con una cuota a partir de unos 270€, si bien puede incrementarse si escogemos cotizar para tener cobertura en caso de accidente de trabajo o en caso de vernos obligados al cese de actividad.

Si cumplimos las condiciones para aplicar la tarifa reducida creada con la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores, ahorraremos bastante, es una ventaja indiscutible, pagar 50€ durante 6 meses, unos 130€ otros 6 y aproximadamente 180€ al mes durante 6 más, con 12 meses adicionales para menores de 30 años, por tanto, unos 2.100€ a pagar en cuotas en 18 meses, frente a unos 4.800€ para quien paga tarifa completa. Y si comparamos con los autónomos societarios, aún hay mayor diferencia, la base mínima del administrador de una sociedad es mayor y su cuota mensual se eleva en torno a los 315€ mensuales, casi 5.700€ en los primeros 18 meses. Y la ventajas no acaban aquí, no es necesario invertir, salvo que vayamos a solicitar pago único o subvención, opciones no disponibles del mismo modo para una SL, como no están disponibles las ventajas recientemente aprobadas en Ley 31/2015 de fomento del trabajo autónomo, para que se pueda capitalizar el desempleo al 100% independientemente de la edad o para poder simultanear percepción de prestación por desempleo durante 9 meses con el alta como autónomo.

La sociedad requiere capital mínimo, aunque puede sustituirse por bienes, en cierto modo un obstáculo, como tener que constituir ante notario, pasar por tributos de la Comunidad Autónoma, Registro Mercantil y AEAT para que nos faciliten CIF, todos estos trámites se han simplificado con la tramitación telemática y el DUE (Documento Único Electrónico) que tramitamos en los PAE (Punto de Atención al Emprendedor) por delegación del Ministerio de Industria, pero aún así, tienen coste y consecuencias posteriores.

Si nos atenemos a la fiscalidad, el autónomo tributa en IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para algunas actividades y límites en estimación objetiva, pagando impuestos en función de unos valores estimados en base a elementos productivos predeterminados o bien en estimación directa, en base al beneficio que se obtenga, en Renta/IRPF, cuanto más ganas, más pagas, es decir, la tributación es progresiva, aunque se deben hacer pagos a cuenta trimestrales, un elevado 20% sobre beneficio, excepto para profesionales que facturan al menos un 70% con retención, ellos ya cumplen dejando de percibir una parte de cada factura, importes que se reflejan posteriormente en Renta como pagos a cuenta.

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Las sociedades tributan a tipo fijo en Impuesto de Sociedades, con la obligación de llevar contabilidad por partida doble para obtener el resultado que nos permita calcular el impuesto, lo que quiere decir que separamos y contabilizamos todos los movimientos financieros de la empresa, diferenciando de las finanzas privadas, además de tener que depositar cuentas anuales en el Registro Mercantil, obligaciones todas ellas que no afectan al empresario individual y que hasta ahora tampoco afectaban a sociedades civiles, constituidas por un acuerdo de voluntades y con tributación por atribución de rentas de los socios, pero desde 2016 se incluyen entre las entidades obligadas a presentar Impuesto de Sociedades.

Una S.L., una Cooperativa o una Sociedad Laboral requieren una estructura mayor, trabajar con ellas es conveniente si nuestros ingresos son ciertamente elevados o bien por una interés puramente de imagen, si queremos diferenciar nombre de empresa, de nuestra propia persona. Las Sociedades Limitadas tienen ventajas, responsabilidad limitada de los socios, diferenciando patrimonio empresarial del personal o ventajas fiscales, al gozar de mayores opciones en cuanto a deducción de gastos, siendo uno de los más significativos poder deducir gasto de un vehículo turismo de empresa, vetado para los autónomos o bien la aplicación de un tipo impositivo fijo, al menos hasta la cifra de 300.000 € de beneficio. Hay otra formas jurídicas de interés cada una con sus ventajas e inconvenientes, como las Cooperativas con tributación reducida, las Asociaciones con exenciones importantes o las sociedades civiles con estructura más ligera, conviene conocer todas y cada una para poder acertar al elegir y para ayudar en esa elección nada mejor que un asesoramiento integral, fiscal, laboral, jurídico.’

Cuida las obligaciones de tu negocio, incluso cuando vas a cerrar #ViaDiario Cap030 @ViaAsesores

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En Vía Asesores tenemos la sana costumbre de cuidar escrupulosamente las obligaciones tributarias de nuestros clientes, mientras lo son y también cuando se preparan para cerrar y van a dejar de serlo.

Cerrar un negocio no significa que dejes de tener obligaciones tributarias, de hecho puede que mucho después sigas con la obligación de presentar determinados modelos, declaraciones informativas, resúmenes anuales, la propia Renta o en el caso de las sociedades, hay obligación de presentar Impuesto de Sociedades cada año, mientras la sociedad no se extinga.

Sabemos que cuando cierras un negocio porque no funciona es complicado pensar en estas cosas, pero es necesario, para evitar malos mayores, quizá suponga un gasto, porque hay que provisionar los gastos del profesional que va a atender estas cuestiones, pero hazlo, que luego vienen las madres mías, el registro de obligaciones es automático y los requerimientos salen solos.

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En un caso que nos ha llegado en estos días el olvido fue más allá, el último año de negocio no se presentaron impuestos, porque no se podían pagar y se encargó hacer las presentaciones a una persona no capacitada como asesor fiscal, craso error, el IVA sumaba importes incorrectos, con un tipo de IVA general, que no era del hostelería, no se presentaron trimestres, pero si se hizo un resumen anual modelo 390 con un IVA que nada tenía que ver con la realidad.

Posteriormente no se atendieron requerimientos tampoco, la consecuencia, una liquidación de unos 4.000 euros de IVA, cuando el IVA realmente salía a compensar y varias sanciones que llevaban más allá de los 6.000 euros el importe total del ‘palo’, esperamos haber llegado a tiempo y poder reconducir la situación, pero nuestro nuevo cliente no tenía ninguna necesidad de pasar por esto.

Recargos y sanciones por impuestos fuera de plazo, por @ViaAsesores http://viaasesores.es/2013/04/26/recargos-y-sanciones-por-impuestos-fuera-de-plazo-3/

Fernando J. Zaplana Pérez
@Zaplanaf
CEO Vía Asesores
Director Foro Murcia Decyde
Graduado Social colegiado nº 1670
Miembro REGRAF
Miembro AECE nº 5305
Master Asesoría Fiscal ENAE

es.linkedin.com/in/fernandozaplana

Renta y más Renta, deducciones y muchos borradores incorrectos #ViaDiario Cap029 @ViaAsesores

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Son estos días intensos, de muchas horas de trabajo y pantalla horas y horas calculando Renta 2014.

Es un trabajo que me gusta hacer personalmente, aunque no sea mi impuesto preferido precisamente, ya que viene a romper la dinámica de trabajo habitual, en muchas ocasiones das un disgusto al cliente, pagar no le gusta a nadie y menos cuando has estado en el paro buena parte del año y al acumular rentas con tu antiguo trabajo te sale un resultado que no esperas, la parte buena está en las familias que necesitan un respiro y les devuelven dinero, esas veces compartimos alegría y eso reconforta.renta_2014_es_es

El borrador que ofrece la AEAT es una verdadera trampa, curiosamente casi siempre se equivoca en contra del contribuyente, hoy sin ir más lejos, en una renta de una familia con un hijo hemos pasado de unos 600 euros a devolver, a 1.800 euros, las hipotecas aun dan derecho a deducir, pero en el borrador sólo aparece la general y hay que añadir los seguros de vida o de incendio vinculados a la oferta del banco en el momento de la concesión, tampoco aparece la deducción a la que tienen derecho los menores de 35 años en Murcia, se la pasan por alto.

Las cuotas pagadas a la guardería por cuidar de nuestros hijos de menos de 3 años también permite mejorar nuestra renta ¿algo más? pues si, las madres trabajadoras tienen derecho a 100 euros mensuales, normalmente se perciben de forma anticipada, pero en otras ocasiones, sea de forma obligatoria o por desconocimiento, se recuperan vía Renta y este era el caso, nada más y nada menos que 900 euros más, una sonrisa y hasta el año próximo.

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Fernando J. Zaplana Pérez
@Zaplanaf
CEO Vía Asesores
Director Foro Murcia Decyde
Graduado Social colegiado nº 1670
Miembro REGRAF
Miembro AECE nº 5305
Master Asesoría Fiscal ENAE

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Descuidos que cuestan caros, recargos tributarios y de seguridad social #ViaDiario Cap027 @ViaAsesores

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En muchas ocasiones, con seguridad que demasiadas, la administración es inflexible y no entiende de dificultades, hace tabla rasa y si no pagas, la pagas.

Hoy, mientras iba confeccionando su Renta 2014, lo comentaba con clientes que han sufrido algún disgusto con la Agencia Tributaria, en uno de los casos la confianza había salido cara, no puedes despistarte con la Renta, simplemente por haber trabajado en dos empresas puedes tener obligación de presentarla y el no hacerlo puede acarrear consecuencias importantes y esto es lo que había sucedido, además con el agravante de no haber atendido requerimientos, recargos por no presentar la declaración, sanciones.

Al final mucho más de lo que habría sido la cuenta de presentar en plazo la declaración.

En el otro caso, parecido, olvidar incluir algún ingreso puede suponer un susto, aquí no ha sido muy importante, algo más de 300 euros y un recargo por estar fuera de plazo, a lo que añadir una sanción, del 50% del importe no pagado, aunque aplicando un 30% de reducción por conformidad y otro 25% por pago en voluntaria se queda en algo menos, que cuanto menos sanción, mejor.el-manual-definitivo-para-emprender_articuloApaisada[1]

En Seguridad Social puede ser incluso peor, imaginaos la situación, un autónomo de estos que se ha beneficiado de la ley de emprendedores y tiene una reducción del 80% de la cotización, por lo que en vez de pagar 260 € le cuesta cotizar unos 50 € al mes en los primeros meses, si se le ocurre no pagar un recibo, le va a salir caro, tanto como tener un recargo del 20%, aunque se haya pasado un día, pero lo peor es que ese 20% se calcula sobre el importe total, dado que un impago te hace perder la bonificación, por lo que ese descuido nos hará pasar de pagar unos 50€ a unos 310 €, caro descuido.

http://viaasesores.es/autonomos-y-pequenos-negocios-2/

Fernando J. Zaplana Pérez
@Zaplanaf
CEO Vía Asesores
Director Foro Murcia Decyde
Graduado Social colegiado nº 1670
Miembro REGRAF
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Nunca es tarde, si el recurso de reposición es estimado #ViaDiario Cap017 @ViaAsesores

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A veces nos encontramos trabajos que casi mejor no hacer, porque cuesta más intentar solucionarlos, que dejarlos correr, ocurre con algunas multas, que aunque no tengas razón, la solución va a ser más costosa en tiempo y dinero, máxime cuando al recurrir se pierde la bonificación del 50%, otro tanto viene sucediendo con los pleitos en los cuales hay que pagar tasas judiciales, tasas que por otra parte son no reintegrables, hay que valorar muy bien los costes y sólo actuar cuando tengamos claros los riesgos.

Sin embargo, hay procedimientos que no son nada costosos, el procedimiento monitorio es unRadarvelocidade20022007 medio muy sencillo para tratar de cobrar deudas a través de la denuncia judicial, es bastante ágil y sobre todo poco costoso, de hecho, para cantidades pequeñas por debajo de 2.000 € no hay necesidad de contar con la participación de abogado y/o procurador.

Esta mañana nos vencía un plazo importante, se presentaba un proyecto en el cual se tramitaba una solicitud de ayuda pública para inversión en tecnología, los plazos son vitales en nuestra profesión, llegar minutos tarde casi siempre supone perder un derecho al presentar de forma extemporanea un recurso o una solicitud y por tanto no ser admisible al estar fuera de plazo.

Y hablando de recursos, la AEAT a veces se empeña en complicar las cosas al contribuyente, al final nos han dado la razón, pero se ha tenido que utilizar la vía del recurso de reposición incluso, los ingresos del FOGASA derivados del cobro de cantidades e indemnizaciones no abonadas por la empresa en su momento, no son ingresos computables como tales en la Renta del ejercicio que se perciben, sino en el ejercicio en el cual se devengó el derecho al cobro que finalmente no fue hecho efectivo por la empresa.

Por este motivo, por un lado, estas cantidades no suman, por otra, no computan como segundo pagador, en nuestro caso, la clienta no tenía que presentar Renta por estar por debajo de los límites, con un sólo pagador, AEAT quería sumar ese segundo pagador que era el FOGASA, pero de manera irregular, pero nunca es tarde, si la dicha es buena, asunto resuelto.

No te lies, la Renta con tu asesor fiscal titulado y colegiado #ViaDiario Cap013 @ViaAsesores

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Anda el patio revuelto con la declaración de la Renta, cada día nos llama o nos escribe alguien un tanto apurado con la dichosa declaración, se meten en faena, que si el código, que si descargar el borrador, que si el borrador no sale, que me dan unos datos fiscales y no se muy bien que hacer al introducir datos al programa PADRE y al final, desastre, sale una cantidad un poco rara que no se yo, que que se yo si es la buena, mejor llamar a un profesional, que esto de la renta es como intentar comprender chino mandarín si no eres una persona iniciada.

Hoy ha sido de esos días, un nuevo cliente de Madrid que se había liado un poco, este año algunas cosas cambiabany ha preferido asegurar para incluir bien unos ingresos que tenía como profesional, habitualmente sólo tenía que declarar ingresos del trabajo y la cosa cambia.

Una pareja, casada en 2014, que no sabía muy bien si les interesaba B6-6saRCEAEd0gWla declaración conjunta, lo cual es sencillo de ver a simple vista, al menos para mi, la reducción por declaración conjunta es de 3.400 €, por tanto, si la base del cónyuge supera esta cantidad siempre será más beneficioso hacer renta individual, en este caso además acumulaban otra circunstancia a resolver, uno de los cónyuges con algunos ingresos profesionales no había tenido en cuenta que podía deducir los gastos generados en su actividad en el apartado de rendimientos de actividad económica, para lo cual debe haber recopilado las facturas oficiales correspondientes.

En definitiva, la renta normalmente no tiene excesivas complicaciones, al menos si conoces bien la normativa, se complica cuando hay operaciones inmobiliarias, compra venta de valores y en algunas otras situaciones menos habituales, pero sin duda tengo que recomendar que solicites hacer la declaración con un asesor fiscal titulado y colegiado, ni tu banco y mucho menos si te la hace la propia AEAT, te garantizan el resultado, el responsable de que la renta sea correcta es siempre el contribuyente y nuestra garantía como asesores es experiencia, preparación, profesionalidad y un seguro de responsabilidad civil obligatorio para cubrir cualquier accidente.

Fernando J. Zaplana Pérez
CEO Vía Asesores
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Autoempleo y evitar una sucesión empresarial, día de San Jordi #ViaDiario Cap010 @ViaAsesores

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Hoy, como cada día de San Jordi o San Jorge, que no nos separe el idioma, se celebra el día del libro, una recomendación que podemos hacer es comprar El libro de los Emprendedores de la revista del mismo nombre, es muy interesante para cualquier persona que tenga un pequeño negocio o que esté pensando en autoemplearse, para suerte del que escribe estas letras, participé en su contenido con una colaboración en el apartado que habla del pago único del desempleo.

Pero como lo que hay que hacer este día es regalar un libro y aunque ha pasado el tiempo y necesita actualizar algún dato, para quien le apetezca tenerlo, mi aportación, el manual de Fiscalidad en el Deporte y en entidades no lucrativas, que escribí y edité ya hace unos años, aquí tenéis enlace para descarga gratis http://zaplanaf.bubok.es

Y no todo han sido libros, este jueves hemos estado estudiando las posibilidades qu11130094_10206210742978384_7662603071897872218_ne había para coger sin riesgos el traspaso de un negocio que se ha puesto a tiro a unos clientes, la verdad que puede ser sorprendente o quizá no tanto, pero no somos conscientes de los peligros que tiene coger negocios traspasados, si no se tienen las precauciones debidas y se hace con garantías, te puedes ver en un problema importante, ya que las empresas que entran en un negocio en marcha normalmente asumen lo que se llama sucesión empresarial, con lo que pueden verse afectados por deudas anteriores, principalmente deudas con empleados, con seguridad social o agencia tributaria e incluso las que pudieran derivarse por despidos a empleados a los que hay que respetarles la antigüedad del negocio sucedido y ello sin necesidad de que compremos la empresa, basta con seguir en la explotación del negocio, aunque sea con una empresa nueva.

http://www.empleo.gob.es/es/publica/pub_electronicas/destacadas/revista/numeros/38/est09.pdf

Hay opciones viables para evitar esta problemática, simplemente se trata de buscar soluciones jurídicas adecuadas que no nos compliquen la vida y en eso estamos, resolviendo problemas y planteando soluciones jurídicas para los clientes, que eso es lo que esperan de nosotros.

Fernando J. Zaplana Pérez
CEO Vía Asesores
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Master Asesoría Fiscal ENAE

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Un día completo, cumplir 21 años en la brecha y Emprender es fácil capítulo #EmpF227 #ViaDiario Cap007 @ViaAsesores

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Este lunes 20 de abril de 2015 ha sido un día muy completo, completísimo, cada 20 de abril supone un día especial, mi aniversario como profesional de la asesoría fiscal, ya son 21 años en la brecha, viviendo tantos cierres trimestrales infernales que ni Dante podría igualarlo.

Este cierre no ha sido una excepción, duro trabajo y un suceso inaudito, de hecho no recuerdo que en todo este tiempo se haya trasladado de fecha la presentación de impuestos, el pasado miércoles había problemas al viapresentar algunos modelos, error 500 en la oficina virtual de la Agencia Tributaria, anoche se repitieron y hoy, desde aproximadamente a las 11 de la mañana, se vino abajo la presentación de los modelos 123, 130, 131….no todos, pero si una parte significativa que ha obligado a la AEAT a ampliar el plazo de presentación.

Esta mañana hemos preparado un nuevo capítulo de Emprender es fácil, contando la noticia de la semana, mostrando un proyecto innovador y realizando una entrevista como referencia, aquí os dejo el #EmpF227 de esta mañana en Cope Murcia.

Fernando J. Zaplana Pérez
CEO Vía Asesores
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Buenas noticias, últimos impuestos y cierre formando en fiscalidad deportiva #ViaDiario Cap006 @ViaAsesores

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Hoy es un día de presión y carreras, los clientes rezagados que nos hacen llegar sus facturas a última hora, llevar algunos modelos a realizar pagos en los bancos adelantando y que no quede todo para el lunes, nada nuevo, las asesorías trabajamos bajo mucha presión y cada vez más con la cantidad de nuevas exigencias que nos imponen desde Agencia Tributaria, pero lo importante es llegar a tiempo a nuestra misión y que todos los clientes cumplan en plazo el 20 de abril.

Por otra parte, hoy se ha sabido que definitivamente tendremos una excelente noticia para quienes opten por percibir el desempleo en formato de pago único, ya se anunció hace bastantes meses, pero parece que definitivamente se podrá optar por percibir el 100% de la prestación pendiente, independientemente de la edad, ya que hasta ahora estaba limitado a menores de 30, minusválidos y sociedades laborales o cooperativas donde se invirtiera ese 100% en capital social.

Pero aún mejor noticia es saber que por fin se atenderá una petición que llevamos reclamando quienes trabajamos con aquellas personas que deciden autoemplearse, los emprendedores tendrán menos miedo a dar un paso adelante, ya que podrán percibir la prestación de desempleo mientras trabajan como autónomos, el pago único por fin no sólo dependerá de la inversión, sino que será dinero de bolsillo para los gastos corrientes que obviamente surgen durante los periodos iniciales de un negocio y dinero para vivir, que no es poco, estaremos muy atentos a la aprobación definitiva.

Fernando J. Zaplana Pérez
CEO Vía Asesores
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Fiscalidad y problematica

Para la tarde dejo una jornada formativa #Decyde en la que participo junto al abogado Juan Luis Soto, hablaremos para el Ayuntamiento de Pinoso y clubes deportivos de la localidad sobre la especial fiscalidad en el deporte y entidades sin ánimo de lucro, tratando asimismo un tema candente que preocupa y mucho, el marco legal de las relaciones laborales en el deporte, el voluntariado y la controversia existente con las inspecciones de trabajo, los monitores y demás personas vinculadas a los clubes.

Si quereis saber más de fiscalidad y deporte, os dejo enlace para descargar gratis el manual que publiqué hace un tiempo:

http://zaplanaf.bubok.es

Sprint hacia las domiciliaciones de hacienda y Sprint Scrum en @Radio_Emprende #ViaDiario Cap004 @ViaAsesores

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Está visto que lo nuestro es correr y correr, casi que nos preparamos para ser deportistas de élite, de ahí vendrá que nos hayamos especializado en asesoramiento a deportistas y entidades deportivas, que su fiscalidad y relaciones laborales son tan especiales como sus entrenos.

Y digo que vamos a la carrera, porque hoy estamos presentando domiciliaciones, quedan 5 días para vencer el plazo trimestral, pero el lunes hay que pagar impuestos o presentar las declaraciones negativas y si queremos llegar a tiempo, en muchos casos hay que enviar a la Agencia Tributaria la domiciliación y hoy a las 24h, como en el cuento de Cenicienta, vence el plazo y no se pueden seguir enviando modelos con la opción a domiciliar.

Antes de presentar los impuestos a pagar procuramos avisar a los clientes, en especial aquellos en los que surgen dudas, porque pasado el día 15 es un engorro ir anulando domiciliaciones, vamos, que por internet no se puede y te cuesta presentar escritos y correr más si cabe.

En ese momento surgen dudas, aquello del ‘a mí se sale menos’ o ‘yo creía que tenía más gastos a incluir’ o ‘como desarrollo scrum manageres que sale tanto IVA a pagar si he llevado un montón de facturas’, en ese momento es cuando debemos revisar (de nuevo, ya que siempre lo hacemos), porque somos humanos, nos podemos equivocar también y por supuesto, es el momento de explicar nuevamente a los clientes, con documentos en la mano, que gastos no son deducibles y cuando el IVA no es deducible, ya que es habitual que nos traigan tickets (ahora facturas simplificadas) y otra serie de documentos no válidos para deducir, bien por la forma, bien porque no se trata de un gasto propio de la actividad o bien no es aceptado por la AEAT como tal.

Una vez resueltas las dudas, se presenta todo y a seguir, nos queda la tarde/noche para llegar a tiempo a todo, hoy además había programa ‘Relanza tu negocio’ en Radio Emprende, la colaboración semanal que desde Vía Asesores hace Fernando Zaplana para dar claves breves, en formato de píldora, que ayuden a dar una vuelta de tuerca y replantear negocios en estos momentos de cambio, por supuesto te invitamos a escucharlo en el enlace adjunto, podras saber que es el Scrum Manager y en que consisten los sprints en este formato de gestión de proyectos.

Así que ya sabes #RelanzaTe (con Vía Asesores)

Fernando J. Zaplana Pérez
CEO Vía Asesores
Director Foro Murcia Decyde
Graduado Social colegiado nº 1670
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