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PRESTACIÓN CATA 2021 (Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos)

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Ya tenemos en Decyde VíaAsesores disponibles los formularios para poder solicitar nuevamente la prestación por cese de actividad, a continuación hacemos un resumen de cada uno de los supuestos posibles para ser beneficiarios, si cumples el requisito en alguna de ellas y quieres solicitarla no dudes en ponerte en contacto con nuestro despacho profesional para gestionar la solicitud de la ayuda, puedes contactar a través de email decyde@decyde.es, teléfono 868954838 o whatsapp +34607244443

1. Prestación compatible con el trabajo por cuenta propia:

-acreditar en el 1º semestre de 2021 una reducción del más del 50% de los ingresos en relación en el 2º semestre de 2019 y no obtener en el 1ºsemestre de 2021 unos rendimientos netos superiores a 7.980€

– se tiene en cuenta el periodo de alta del 2º semestre de 2019 y se compara con los ingresos del 1º semestre de 2021

-la mutua abonará las cuotas del autónomo pero primero las paga el autónomo

-hasta el 31/05/2021

-prestación del 70% de la base media de los 12 últimos meses (50% para los pluriactividad)

 

2.Autónomos con facturación reducida:

-cubre a quienes no cumplen los requisitos para la anterior

-acreditar en el 1ºsemestre de 2021 ingresos inferiores a los del 1º trimestre de 2020

-no tener ingresos superiores a 6.650€ en el primer semestre de 2021

-exento de cotizar

-duración 4 meses

-cuantía: 50% de la base

 

3. Autónomos con suspensión de todas la actividades

-50% base mínima, 70% para familias numerosas.

-estar de alta antes del 01/01/2021

-estar de alta antes del 01/04/2020

 

4. Autónomos de temporada:

-Único trabajo en años 2018 y 2019 , un mínimo de 4 meses y un máximo de 6 y no haber estado de alta por cuenta ajena 120 días en ambos años

-exoneración de cuotas

-duración de 4 meses y cuantía del 70%

El Autónomo y los Gastos deducibles

 

En este artículo comentaré acerca de los Gastos deducibles en IRPF (Renta) del autónomo, para otra ocasión queda el explicar cuando el IVA soportado es deducible o no, que quizá conlleva una complejidad mayor

¿Qué son los gastos deducibles? Son la suma de aquella parte de los gastos contables, de explotación y financieros, del obligado tributario, más determinados gastos fiscales no contables, que la regulación normativa de cada tributo permite, cumpliendo determinados requisitos, para obtener el resultado del ejercicio se restan a los ingresos fiscalmente computables y a partir de ahí se podrá determinar la base imponible

En el IRPF, la deducibilidad de los gastos satisfechos por el obligado tributario va a depender del tipo de fuente de renta de la que provienen los ingresos para cuya obtención se ha incurrido en ellos

Por otra parte, es imprescindible que los gastos sean necesarios para la actividad económica que realizamos y por tanto deben producirse en la misma, la Agencia Tributaria exige de forma estricta tres condiciones para que un gasto pueda ser deducible fiscalmente:

  1. Que esté relacionado con la actividad económica
  2. Que esté documentado o justificado a través de la factura de compra
  3. Que esté registrado contablemente en el respectivo libro de gasto

Es el autónomo quien ha de demostrar que el gasto que quiere deducirse está ligado con su actividad, lo que en algunos casos puede ser problemático, especialmente cuando el autónomo desarrolla su actividad en su propia vivienda, siendo además imprescindible la condición de tener documentado el gasto, el autónomo siempre debe siempre pedir factura completa para poder deducir el gasto, en especial en IVA explícitamente no se aceptan facturas simplificadas, los antes llamados tickets

En general hay gastos que habitualmente son deducibles en cualquier actividad, otros sin embargo son específicos y sólo podrán ser deducidos en la actividad en la que sea necesario su uso, un arquitecto no podrá deducir los gastos del alquiler de un estudio de grabación, que si podrá deducir un músico, el cual no puede incluir en sus gastos el visado de una vivienda, por poner dos ejemplos muy claros.

En cuanto a los gastos más comunes, detallaré algunos de ellos a modo de guía:

1 Material de oficina

Esto incluye todo el material que necesites para desarrollar tu negocio, ya sean libretas, bolígrafos, carpetas, clips… y por supuesto los gastos de imprenta de cartelería, unas tarjetas de visita o material similar

2 Combustible, vehículos y transporte

Por regla general y de acuerdo con la normativa de IRPF, queda específicamente excluido como gasto del autónomo el derivado de cualquier vehículo turismo, sea la adquisición del vehículo, su mantenimiento y por supuesto el combustible, sin embargo, este es un gasto que depende de la actividad y hay excepciones en las que podrás desgravarte la gasolina y cualquier otro gasto del vehículo, como ocurre por ejemplo cuando adquieres el vehículo para usarlo en tu actividad como taxista.

Por otra parte, es deducible el gasto en caso de que el vehículo sea de carácter mixto, industrial o bien se trata de un vehículo matriculado de forma específica para uso comercial, por ejemplo, una furgoneta tipo Berlingo usada por un fontanero, por regla general los vehículos todocamino o monovolumen se consideran turismo y tampoco su gasto se puede deducir.

El gasto en transporte público o alquiler de vehículos normalmente serán deducibles, siempre y cuando se cumplan las normas habituales, tener factura y que el gasto esté conectado necesariamente con la actividad económica

3 Dietas

¿Son deducibles los gastos de una reunión con un cliente? En principio si, una factura a la hora de comer y en día laborable entra dentro de los gastos deducibles, ahora bien, tiene que estar pagada la factura con tarjeta o transferencia

4 Equipo informático y software

Este es un gasto habitual, un portátil, un equipo de sobremesa, una tablet, impresora, etc., así como los programas que se adquieran o las licencias contratadas y el acceso a bases de datos o similares a las que nos suscribamos, si bien se consideran bienes de inversión y el procedimiento para incluirlo como gasto deducible es el de amortización, por lo que puede ser que esta inversión se traslade como gasto a la cuenta de resultados en varios ejercicios distintos, aplicando un porcentaje en cada uno de ellos según las tablas oficiales y la normativa al respecto

5 Gastos de telefonía e internet

Cualquier gasto en este apartado, relacionado con la actividad, será deducible, se trate de los equipos o bien de los consumos, dado que es necesario poder comunicarse con los clientes o proveedores y poder llamar o que te llamen cuando lo necesites y por lo que se refiere a internet, otro tanto de lo mismo.

En este caso sólo hay que tener en cuenta algo importante, si la oficina la tenemos en casa la AEAT puede poner problemas, de hecho, lo hace, tratando de diferenciar el gasto privado, del gasto profesional y en muchos casos marcando de forma estricta como no deducible este gasto, sin duda una situación polémica.

En otro orden de cosas, la inversión en crear una página web, su diseño, gastos en publicidad online, una app, la adquisición o mantenimiento del dominio, hosting, licencia de software, son gastos deducibles

6 Servicios externos

Puedes deducirte como gasto las facturas de servicios externos realizados por terceros y necesarios para la actividad o las de colaboradores en la misma

7 Libros y revistas profesionales

Cualquier publicación a la que estés suscrito o compres para informarte acerca de la situación de tu sector

8 Viaje de negocio

Cualquier viaje que tengas que hacer para conseguir clientes, citarte con inversores, acudir a congresos…pueden desgravarse y justificarse como gastos. Como en el resto de los conceptos se incluyen única y exclusivamente lo que es 100% profesional.

9 Cuota de autónomo, sueldos y seguros sociales

Son deducibles los gastos de la cuota de autónomo, así como los sueldos y seguros sociales derivados de la contratación de empleados

10 Vivienda y gastos del hogar en el negocio

Si desarrollas toda o parte de tu actividad en tu vivienda de alquiler o compra, es posible deducir la parte proporcional del espacio que utilizas para ella como parcialmente afecta a la actividad económica. Esto incluye la parte proporcional del pago del alquiler o hipoteca y los gastos de la comunidad, así como los gastos del hogar por suministros y demás.

Ahora bien, hay que tener en cuenta que se tiene que aplicar sólo un porcentaje de gasto sobre un porcentaje de la vivienda y ser precavidos, porque nos podría salir más costoso el incluir los gastos en el negocio, que dejarlos en el ámbito privado, esto es, los autónomos que comparten oficina y domicilio podrán deducirse los gastos de agua, luz, gas, telefonía e Internet en el porcentaje resultante de aplicar el 30% a la proporción que haya entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a la superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Por tanto, si uso un 30% de la vivienda como oficina, podré deducir como gasto un 30% del 30% de los gastos de suministros como electricidad o internet y en caso de alquiler hay que tener en cuenta que podrían exigirnos que se pague IVA por el % de vivienda dedicado a local de negocio, ni que decir tiene que, si la vivienda es de nuestra propiedad y nos deducimos los pagos de hipoteca, podría entrar en conflicto esta deducción con el gasto

11 Seguros de oficina, RC o de protección por enfermedad

Los seguros relacionados con la actividad son deducibles, asimismo, si contratas un seguro de protección por enfermedad que te de cobertura sanitaria privada, además de la seguridad social, es otro gasto que se relaciona con tu actividad, porque si dejas de trabajar, pierdes dinero. Por eso, es otro gasto que se puede deducir.

12 Formación

Si te estás formando para ser más competente en tu trabajo, también cuenta como una actividad relacionada con tu negocio.

13 Vestuario profesional.

Los autónomos que necesiten algún tipo de vestuario específico para su trabajo como monos de protección, cascos, chalecos, etcétera, también podrán desgravar esta compra de los gastos.

14 Servicios bancarios e intereses de préstamos

Si has solicitado un préstamo, un crédito o una subvención o bien te cobran una comisión por mantenimiento u operaciones bancarias, todos los intereses y gastos que te cobren son deducibles como gastos extra relacionado con tu trabajo. Necesitarás los justificantes de todos.

15 Donativos

Los donativos se consideran siempre una liberalidad, por tanto, son gastos no deducibles, que, si constan en contabilidad y por tanto para tener en cuenta para descontarlos a la hora de liquidar impuestos, sin embargo, si esos donativos van destinados a entidades incluidas en la ley de mecenazgo podrían conllevar unas deducciones fiscales en Renta, pero que se aplican aparte del resultado empresarial

16 Otros impuestos

Ni el IVA, ni el propio IRPF se tienen en cuenta para el cálculo del beneficio, sin embargo, otro tipo de impuestos si hay que computarlos como un gasto más, por ejemplo, el impuesto sobre bienes inmuebles si somos propietarios de nuestro local y cualquier otro tipo de tasa o impuesto vinculado al negocio y para tener en cuenta en la obtención del resultado del ejercicio

Fernando J. Zaplana

Decyde.es

 

 

 

 

Apuntes en materia Laboral y de Seguridad Social a tener en cuenta como novedad para 2021

1.- JUBILACIÓN.: Aumenta la edad de jubilación, aunque si en 2021 ya has cotizado 37 años y 3 meses o más, aún podrás jubilarte a los 65 durante este año, de lo contrario deberán esperar a los 66 años para jubilarse.

2.- PATERNIDAD.: La suspensión del contrato por nacimiento y cuidado de menor pasa a ser de 16 semanas en 2021 tanto para el padre, como para la madre, período durante el cual tienen derecho a cobrar una prestación del 100% de la base reguladora calculada sobre la base de cotización del mes anterior, las cantidades percibidas estarán exentas de IRPF.

3.- SMI e IPREM.: Es el mismo SMI que en 2020, no se ha incrementado. Queda fijado en:

950 € mensuales. 31,66 € diarios. 13.300 € anuales.

A diferencia del SMI, el IPREM sí que ha subido. Su cuantía es la siguiente:

564,90 € mensuales. 18,83 € diarios. 6.778,80 € anuales.

El IPREM sirve para calcular algunas prestaciones, como las cuantías mínima y máxima del desempleo. Por tanto, muchas personas desempleadas van a ver como el importe de su prestación se incrementa.

4.- BASES DE COTIZACIÓN.: Las bases mínimas y máximas del Régimen General y del RETA no suben, por lo que siguen siendo de:

RG: 4.070,10 € y 1.108,33 €.

RETA: 4.070,10 € y 944,40 € (salvo los societarios y los autónomos con 10 o más trabajadores, cuya base mínima es de 1.214,10 €).

5.- TIPOS DE COTIZACIÓN.: Los tipos en el RG siguen igual. Los tipos en el RETA aumentan hasta el 30,60% total. Esto supone que el coste mensual de las cuotas para un autónomo vuelve a incrementarse (en unos 3 euros mensuales para las personas que coticen por base minima).

6.- ERTEs.: Los ERTE por fuerza mayor quedaron prorrogados hasta el 31 de enero de 2021. Parece que próximamente se concretará una nueva prórroga hasta 31 de mayo. Se han fijado incentivos en las cuotas de diciembre y enero para empresas de determinados sectores.

7.- BECARIOS.: Se ha creado una nueva modalidad de contrato de trabajo: el contrato para la formación dual universitaria. Este contrato se deberá formalizar para la incorporación de becarios universitarios en las empresas.

8.- PLANES DE IGUALDAD.: Las empresas de más de 100 trabajadores quedarán obligadas a tener un plan de igualdad a partir de marzo de 2021.

9.- BONIFICACIONES.: Las empresas de turismo podrán aplicar bonificaciones en las cotizaciones de sus fijos discontinuos desde febrero hasta noviembre.

Se ha prorrogado una bonificación que ya existía en caso de cambiar de puesto a una trabajadora en riesgo de embarazo.

10.- APLAZAMIENTOS DE CUOTAS.: Las empresas y autónomos pueden pedir aplazamientos de sus cuotas de entre diciembre y marzo a un tipo de interés reducido del 0,50%.

Fernando J. Zaplana Pérez

Director Decyde Vía Asesores

Decyde.es

RelánzaTe #16 – ‘Productos para asegurar los negocios y proteger al autónomo’

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En el #Relánzate de hoy hemos hablado de asegurar los negocios, de los seguros en general, de cómo trabaja una correduría de seguros, de los productos para proteger al autónomo. Lo hemos hecho con Fernando Zaplana, director en Decyde Vía Asesores, y Pedro Vélez Ortiz, asesor financiero de Vélez Ortiz Correduría de Seguros, Premio Mercurio en la categoría Empresa de Servicio

RelánzaTe #11 – ‘Siempre hay que tener un contrato’

En el #RelánzaTe de hoy hemos hablado del autónomo real, verdadero, del día a día del autónomo, y de leyendas urbanas o creencias populares en el ámbito de los negocios. Fernando Zaplana ha explicado que la licencia de apertura provisional no existe o que el personal a prueba no existe (“Siempre hay que tener un contrato”, ha subrayado Zaplana).

En el plató del Matinal ha estado también Begoña Martínez, fundadora de Júramelo.es. Mujer, madre, empresaria… Martínez ha contado cómo de complicado es este cóctel y cómo controla la ansiedad. Asimismo, esta emprendedora de 36 años ha dado algunos “consejos impopulares” a quienes hayan emprendido un negocio o estén pensando en emprenderlo.

“Cuando surge una idea de negocio hay que tener paciencia” #RelanzaTe con @ViaAsesores 002

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Los miércoles a las 11:40 se habla en el Matinal de cómo emprender, de cómo relanzar un negocio, de ayudas, de financiación, de la tributación, de ideas. #RelánzaTe es la sección en la que Fernando Zaplana ofrece consejos a los telespectadores basándose en su experiencia como asesor. Le acompaña un invitado, que en esta ocasión ha sido Jesús Gambín, subdirector de ENAE.

En la entrega del 1 de marzo hemos hablado de los cimientos de una empresa. De cómo poner esos cimientos. Del momento de pensar en un negocio. Zaplana ha señalado que cuando surge una idea de negocio hay que tener paciencia. “La mejor medicina es la preventiva; más vale prevenir que curar o tener que utilizar cuidados paliativos”, ha dicho.

Por su parte, Gambín se ha referido a los muchos años formando en gestión y dirección de empresas que acumula ya la ENAE Business School. Esta escuela de negocios colabora en un evento que se celebra el día 7 en el campus de Espinardo, un foro para impulsar el talento, la innovación, las ideas…

De formación también ha hablado Fernando Zaplana. Para emprender aconseja formarse e informarse. Y, salvo que se sea un experto, acudir a un asesor: “La experiencia del trabajo diario nos hace estar al tanto de cualquier novedad e incluso de cualquier truco, y tenemos la herramienta CIRCE con la que elaborar el DUE que sustituye unos treinta procesos de forma online”, ha explicado.

10 pasos básicos para optimizar la fiscalidad del autónomo #SME2017

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El pasado 16 de febrero de 2016 tuve la oportunidad de participar por segunda vez como ponente en Salón MiEmpresa para hablar de autónomos, fiscalidad y alguna cuestión más. El 22 de febrero de 2017 volveré a participar en Salón MiEmpresa, en la Sala Aprende, a las 17.40h, tercera ocasión consecutiva en la que tengo el honor y el placer de exponer nociones de fiscalidad para asistentes que piensan en el autoempleo como salida profesional.

http://www.salonmiempresa.com/conferencias/charlas-y-talleres/aprende/

Recordando la edición 2016, en esta ocasión el escenario variaba y pasaba a situarse en Sala ‘grande’, directamente en las gradas del Barclaycard center, el más conocido como Palacio de los Deportes de Madrid, escenario de primera, evento de primera, referente para empresarios, autónomos y emprendedores en general.

La sala donde me ubicó la organización tenía una temática muy concreta y la denominación es toda una declaración de intenciones, en ‘El Decálogo del Éxito’ a lo largo de los dos días del evento se fueron desgranando todo tipo de materias de interés para los asistentes, en formato breve, tan sólo 30 minutos para exponer y en 10 diapositivas.

La ponencia escogida para mi se denomina ‘Optimiza tu fiscalidad como autónomo en 10 pasos’ y en con ella se pretende ofrecer en tan sólo 30 minutos una visión global de lo que debe tener en cuenta y donde debe prestar especial atención un autónomo para no tener problemas, desde el momento cero, hasta el cierre del primer año con la presentación del impuesto sobre la renta, un ciclo completo.

Si quieres que te contemos como tienes que aplicar esos 10 pasos, ponte en contacto con nosotros, seremos tu mejor compañía como asesoría personalizada, estás a un CLICK de nosotros ¿hablamos?

Estos 10 pasos o 10 consejos comienzan con la recomendación clave, paciencia, antes de hacer nada hay que armarse de paciencia o se irá de conejillo de indias ante la administración, como se dice, la paciencia es la madre de la ciencia y lo primero es recopilar información de todo lo que hay que hacer.

Una vez convenientemente informados, debemos tomar decisiones, debemos tener claros los tipos de autónomos que hay, pros y contras, que conlleva ser autónomo individual o societario, en cuanto a costes, responsabilidad, gestión y sólo entonces comenzar a andar, tramitar correctamente las altas en actividad, IAE, Seguridad Social, apertura de número patronal y mucho ojo con las licencias de actividad o industriales, que deben estar tramitadas y no en trámite.

Autónomo precavido, vale por dos, debemos conocer muy bien el calendario fiscal, cuando debemos presentar impuestos, declaraciones informativas y resúmenes anuales, cuando hay que dar información y documentos al asesor y también hacer un presupuesto que nos diga cuanto vamos a ir cobrando y pagando mes a mes, para controlar la tesorería y saber como vamos a ir de liquidez.

Un autónomo tiene que saber como debe facturar y que datos deben contener esas facturas, como debe rectificar facturas y cuando, sobre todo si se trata de una rectificación por impagos y queremos recuperar IVA, debemos conocer este impuesto, los distintos regímenes que operan, las exenciones, si tengo que hacer prorrata o no, como opera el IVA intracomunitario o el IVA simplificado de estimación objetiva o módulos.

Igualmente hay que saber como funcionan estimación directa y estimación objetiva en cuanto a los pagos a cuenta de IRPF, que gastos son deducibles y cuales no, que incentivos fiscales estan a mi disposición y si tengo que hacer retenciones al facturar o me las hacen a mi.

La precisión es fundamental para evitar problemas, el 347 de operaciones con terceros es el modelo que más utiliza la AEAT para cruzar datos y encontrar discrepancias que le lleven a regularizar impuestos, igualmente son importantes el resto de declaraciones informativas y resúmenes anuales, tenerlas bien cumplimentadas y con datos correctos, nos evitará muchos problemas.

Todo se resume en la declaración de la Renta, es el momento de la verdad frente a la AEAT y hay que saber los datos que tienen nuestros, el documento de los datos fiscales es fundamental, para contrastar y conocer, a la hora de cumplimentar la declaración veremos las distintas rentas que tenemos y podremos aplicar deducciones que nos correspondan, para ajustar cuentas y pagar o que nos devuelvan.

En definitiva, se trata de controlar la situación, si tenemos todo bajo control, con seguridad que nos irá mucho mejor en nuestra andadura como empresarios.

Ginebra rosa, Networking, Hostelería con @PamEmpresas #LopezTortosa #EmpF308 @EmprenderFacil #ViaDiario Cap068

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Abrimos programa hablando del evento de Networking Gala PAM empresas que celebra su 3ª edición el 27 Noviembre en el restaurante Torre del Zoco

Como producto innovador hablamos de Puerto de Indias, el milagro de la ginebra rosa sevillana nacida casi por casualidad.

Y como referencia de la semana hablamos de Distribuciones Integradas López Tortosa, una gran empresa perteneciente a Heineken España que sirve producto de calidad a los negocios hosteleros desde los años 80.

Para cerrar, Excusas para no autoemplearse by Risto Mejide

‘Y al principio de todo fue la forma jurídica’ de @Zaplanaf en revista Negocios @ENAEbusiness

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Texto íntegro del artículo publicado en la revista Negocios 19 de ENAE business school

‘Estimados lectores, es un placer para mi poder participar en esta revista Negocios y tratar de ofreceros alguna información que os pueda resultar de utilidad para vuestro presente o vuestro futuro profesional y disculpadme el tuteo, pero cuando me ofrecieron la posibilidad de hacer este artículo me indicaron que iba dirigido a un publico joven y emprendedor, así que eliminemos barreras formales, ofreciendo un texto asequible, basado en mi experiencia y en los conocimientos que en gran medida fueron adquiridos en el Máster en Asesoría Fiscal cursado en ENAE hace unos años.

Trataré de hablaros en confianza, con un lenguaje lo más cercano posible, sin que sea incorrecto por no ser muy académico, pero limitando los tecnicismos a lo imprescindible, bastante escrupulosos con la terminología debemos ser cuando nos dirigimos a la Agencia Tributaria, aquí buscaré que tengais información accesible y en la medida de lo posible de fácil comprensión.

En mi despacho profesional tengo que resolver dudas relativas a la forma jurídica más interesante para quien decide iniciar una actividad empresarial, hay clientes que vienen relativamente bien informados, otros carecen de unas mínimas nociones, algunos llegan con ideas equivocadas que es necesario reorientar por el bien de sus bolsillos, principalmente, a cada uno de ellos se le ofrece un trato personalizado, soluciones a medida.

La elección de la forma jurídica es el principio de todo lo que podemos llamar empresa, lo que hasta ese momento eran ideas y proyectos se convierte en realidad y por ello es de importancia capital, comienza el juego y va en serio, de ahí que debamos dedicar el tiempo suficiente a valorar implicaciones tributarias, de seguridad social, patrimoniales o incluso de nuestra imagen de marca, nos ayudaran a decidir de forma óptima. Sin embargo, tenemos que ser conscientes de que esa decisión no tiene porque ser para siempre, el devenir del propio negocio nos puede llevar a la tesitura de inactivar o disolver nuestra Sociedad Limitada para reducir costes y/o mejorar fiscalidad o bien al contrario, constituir una sociedad porque nuestra actividad lo requiera, nuevamente por fiscalidad o incluso por la necesidad de incorporar socios.

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Cada formato tiene sus características diferenciadas y ello puede constituir ventaja o inconveniente una vez aplicado a nuestro caso, trataré de dar luz al asunto con ejemplos:

Sin duda ser autónomo es lo más sencillo y económico para darnos de alta como empresarios, escoger epígrafe de IAE, tramitar alta gratuita sabiendo que el autónomo o empresario individual nunca paga Impuesto de Actividades Económicas y proceder al alta en RETA, escogiendo base de cotización, para la base mínima en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos partimos de una cotización con una cuota a partir de unos 270€, si bien puede incrementarse si escogemos cotizar para tener cobertura en caso de accidente de trabajo o en caso de vernos obligados al cese de actividad.

Si cumplimos las condiciones para aplicar la tarifa reducida creada con la Ley 14/2013 de Apoyo a los Emprendedores, ahorraremos bastante, es una ventaja indiscutible, pagar 50€ durante 6 meses, unos 130€ otros 6 y aproximadamente 180€ al mes durante 6 más, con 12 meses adicionales para menores de 30 años, por tanto, unos 2.100€ a pagar en cuotas en 18 meses, frente a unos 4.800€ para quien paga tarifa completa. Y si comparamos con los autónomos societarios, aún hay mayor diferencia, la base mínima del administrador de una sociedad es mayor y su cuota mensual se eleva en torno a los 315€ mensuales, casi 5.700€ en los primeros 18 meses. Y la ventajas no acaban aquí, no es necesario invertir, salvo que vayamos a solicitar pago único o subvención, opciones no disponibles del mismo modo para una SL, como no están disponibles las ventajas recientemente aprobadas en Ley 31/2015 de fomento del trabajo autónomo, para que se pueda capitalizar el desempleo al 100% independientemente de la edad o para poder simultanear percepción de prestación por desempleo durante 9 meses con el alta como autónomo.

La sociedad requiere capital mínimo, aunque puede sustituirse por bienes, en cierto modo un obstáculo, como tener que constituir ante notario, pasar por tributos de la Comunidad Autónoma, Registro Mercantil y AEAT para que nos faciliten CIF, todos estos trámites se han simplificado con la tramitación telemática y el DUE (Documento Único Electrónico) que tramitamos en los PAE (Punto de Atención al Emprendedor) por delegación del Ministerio de Industria, pero aún así, tienen coste y consecuencias posteriores.

Si nos atenemos a la fiscalidad, el autónomo tributa en IRPF Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, para algunas actividades y límites en estimación objetiva, pagando impuestos en función de unos valores estimados en base a elementos productivos predeterminados o bien en estimación directa, en base al beneficio que se obtenga, en Renta/IRPF, cuanto más ganas, más pagas, es decir, la tributación es progresiva, aunque se deben hacer pagos a cuenta trimestrales, un elevado 20% sobre beneficio, excepto para profesionales que facturan al menos un 70% con retención, ellos ya cumplen dejando de percibir una parte de cada factura, importes que se reflejan posteriormente en Renta como pagos a cuenta.

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Las sociedades tributan a tipo fijo en Impuesto de Sociedades, con la obligación de llevar contabilidad por partida doble para obtener el resultado que nos permita calcular el impuesto, lo que quiere decir que separamos y contabilizamos todos los movimientos financieros de la empresa, diferenciando de las finanzas privadas, además de tener que depositar cuentas anuales en el Registro Mercantil, obligaciones todas ellas que no afectan al empresario individual y que hasta ahora tampoco afectaban a sociedades civiles, constituidas por un acuerdo de voluntades y con tributación por atribución de rentas de los socios, pero desde 2016 se incluyen entre las entidades obligadas a presentar Impuesto de Sociedades.

Una S.L., una Cooperativa o una Sociedad Laboral requieren una estructura mayor, trabajar con ellas es conveniente si nuestros ingresos son ciertamente elevados o bien por una interés puramente de imagen, si queremos diferenciar nombre de empresa, de nuestra propia persona. Las Sociedades Limitadas tienen ventajas, responsabilidad limitada de los socios, diferenciando patrimonio empresarial del personal o ventajas fiscales, al gozar de mayores opciones en cuanto a deducción de gastos, siendo uno de los más significativos poder deducir gasto de un vehículo turismo de empresa, vetado para los autónomos o bien la aplicación de un tipo impositivo fijo, al menos hasta la cifra de 300.000 € de beneficio. Hay otra formas jurídicas de interés cada una con sus ventajas e inconvenientes, como las Cooperativas con tributación reducida, las Asociaciones con exenciones importantes o las sociedades civiles con estructura más ligera, conviene conocer todas y cada una para poder acertar al elegir y para ayudar en esa elección nada mejor que un asesoramiento integral, fiscal, laboral, jurídico.’

Houston, tenemos soluciones Made in #Murcia @Streye #EmpF306 @EmprenderFacil #ViaDiario Cap066

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Capítulo #EmpF306 de la #RadiodelAutoempleo en @cope_murcia

El INFO aporta 800.000€ a Murcia Emprende como capital semilla de proyectos innovadores.

La innovación la encontramos en la app Insulclock, insulina bajo control en tu mano y finalmente hablamos de la presentación en Houston ante entidades médicas de @Streye las aplicaciones para smart glasses de @Droiders y su networking con NASA y Departamento de Defensa USA